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sábado, 20 de abril de 2013

Historiografía mexicana La condición mexicana de la escritura. El saber y el escribirse.

Historiografía mexicana, C I N C O, Historiograficidad y Ciencia jurídica
T R E S
La condición mexicana de la escritura.[1] El saber y el escribirse.[2]

México no se había recuperado del desgaste físico  y de la desorganización que necesariamente trajeron consigo la revolución maderista, el golpe revolucionario de Huerta, el movimiento constitucionalista y las rebeliones de Obregón y de Adolfo de la Huerta. Además, la acción encaminada a lograr las metas revolucionarias apenas se había iniciado. Enderezar todo esto y comenzar a construir la nueva sociedad que se había propuesto la Revolución, exigía una gran unidad en el grupo dirigente y una aquiescencia general de parte de los gobernados, condición que no podría conseguirse sino mostrándoles a todos ellos los resultados prácticos de la acción renovadora de la Revolución. Es verdad que ésta no tuvo nunca un “programa” propiamente dicho, ni siquiera el que presentaba la Constitución de 1917; pero sus tendencias principales eran inequívocas: un nacionalismo marcado, un “populismo” visible” y la elevación no sólo económica y social sino concretamente política, de los campesinos y los obreros.
Daniel Cosío Villegas, El Sistema político mexicano

Lógica. El espectro de la especulación. Burgoa. […] [Es el Juicio de amparo]:

con independencia de las circunstancias históricas que le dieron nacimiento, la consecuencia política y social, inevitable, en el terreno deontológico, del desiderátum de proteger la personalidad humana y el régimen normativo del país.

Desiderátum de proteger la personalidad humana.

Desiderátum de proteger el régimen normativo del país.

Del Desiderátum la elisión de lo elidido.

            Constructo social, representamento político. Estamentación de modernidad.

Ser, ahí, determinarse.

Determinamentos,
Huerta & cabinet  (LOC)
Huerta & cabinet (LOC) (Photo credit: The Library of Congress)

Determinalidades.

Al transcurso trascendente del discurso, de la referencia empírica, material, comprobable, y verificable de un logos, la condición de posibilidad del evento aferido – la razón pura- es a sí su posibilidad de condición, ahí realidad efectiva del ser ente.[3]

La afección es la realidad efectiva de la totalidad del ente que a sí se elide. Es a la concepción de concepto lo que nombramos idea.

De allá transcurre todo concepto de atemporación, en la gestación de instrumentales lógicos que por comienzo de su instrucción son asumidos en axioma, a tanto ser descontados al interior de efecto que es el medir de los transcursos.[4] El fundamental al cual la ciencia política establece cura es el de la disposición de la abstracción metodológica [transcursos] en instrumentación cotidiana y ordinaria para la voluntad de fe.

En verdad,

El mundo y su establecerse en escena, el figurarse de la estabilidad aferida, es la escena de presente efectivo en quien la realidad se realiza. De formas nadie conoce nada, la realidad trascendental en fe quien nos difiere es.[5]

Lo que nos afiere, la significatividad, se dispone así elidido.

Individuos de la ley sujetados. Sujeción por garantía gobierno, reserva de prelación y certeza. Realidad, a ella demarcas Fe.[6]

La efectividad del ser-ahí elidido difiere y confiere en espacialidad el sentido.[7] Más allá de la historia de la extención de conferencia lo total, la política, lo social.[8] Por política, por sociedad, cabe inferir no otro sino lo inevitable deontológico del imperativo histórico que funda al Estado, de sí razón pura que historia colocaciones en el antes y el después del más allá que demarca.[9]

Temporalidad no hay, la realidad es el cumplimiento de las formas. Lo elidido por comienzo al principio del Estado es la historiograficidad.[10] Anahistóricos, atemporales. Busquemos a la atención que retiene los transcursos las fundaciones del evento.[11] En el Prólogo a la primera edición de El juicio de amparo de Ignacio Burgoa, enero de 1943, el licenciado Alfonso Noriega Jr., escribe:

En nuestra patria, en donde los juristas por una inexplicable falta de confianza en sí mismos o bien por un exceso imperdonable de amor propio, acostumbran guardar celosamente sus conocimientos para la enseñanza de la cátedra, la redacción de alegatos ante los Tribunales o bien para la charla amistosa, sin decidirse, salvo contadas excepciones, a llevarlos al campo de la monografía, del manual o del tratado, emprender una obra sistemática, tomarse la obligación de redactar un estudio armónico sobre un problema jurídico y tener el valor sobre todo de ofrecer este estudio a la consideración del público, es obra digna, por todos conceptos, de elogio y de aliento.

La esfera de actividad. El espectro de la especulación es la escritura.[12]

El ahí a la naturalidad del localizar es disolución del ahí, naturalizar del presentar: el concepto es un representamento. Los argumentos se representamentan, son conceptos que de sí se difieren- el ejemplo que de suyo se infiere. La simple lectura es representación, la teoría posa totalidad, naturalización afectiva del régimen de apercepciones: el habitar del reino es un creer saber.[13]           

El amparo.[14]           

Filosofar es libertad o Nada[15]. La seducción es un someterse, y no hay servilismo a la obediencia del honor que no emplace del negocio la verdad, el tráfico del sustentarse.

Estructuras.[16] A la construcción de los derechos civiles como derechos humanos, las garantías  individuales son garantías del gobernado, nada más.[17] Autorización por esencia de la verdad a la fuerza y su efecto, el imperativo de reconocimiento de poder ¿La Sociedad así quién se confunde? De lo individual el gobierno, el elidirse del signo es lo social. Piedad. Ahí, al totalitarismo del acto público del poder público confundido en Sociedad –Rousseau, el protestantismo, la pureza de las formas puras, la ingenuidad[18]- y la exacción democrática de la autoridad –el honor conferido en respeto a lo que por definición se mando ya a chingar a su puta madre-, son a lo total la sola condición de privacidad del acto del voto que ya remite a la supremacía de Corte en quien gobierna UN SEÑOR, Gobierno-Estado, la Historia.

La entidad.

Ahí los propios.[19]

De sabios es el evitar la guerra, más el evitar de la guerra es la previsión perpetua de la fuerza. Sólo a la fuerza nace el principio, lo que resta ante el comienzo es del principio el conocer de lo reconocido y lo reconocido del reconocer.[20]

Fuerza sabe no hay comienzo por principio. Este es discurso de Fe[21].

Más subjeto y objeto que en objeción de ya[22] nos aprestas, al poder los hechos, de nosotros a la prudencia la atención.[23] Hemos de atender no somos del comienzo un que, todo –el ente- para con el sentido del ser del ente de la proposición –toda y no sólo ésta que enunciamos.[24]

La entidad.

            Burgoa, p. 30:

[…] el juicio de amparo surgió a la vida jurídica de México merced el impulso social, canalizado por sus forjadores, de proteger, las garantías individuales o los llamados “derechos del hombre”, principalmente, es decir, la esfera del gobernado contra cualquier acto del poder público que afectase o amenazase su integridad, y dentro de cuya esfera ocupa un lugar prominente la libertad humana. En otras palabras, la tutela de las potestades naturales del hombre a través de la Constitución, es decir, su conversión en “derechos del gobernado” oponibles a toda autoridad estatal y respetables por ella, han sido fenómenos que obedecieron al acatamiento ineludible de las exigencias inherentes a la naturaleza del ser humano como “persona” o sea, como ente psico-físico, dotado de razón y auto-teleológico. De ahí que los preceptos constitucionales, en que se ha reconocido o declarado un ámbito mínimo de acción y desiderátum social, consistente en traducir los imperativos de la personalidad humana, en normas de carácter jurídico fundamental, pues el Derecho Positivo, si pretende ostentar un signo de perennidad y establecer una regulación duradera de la vida de los pueblos, debe necesariamente acoger en sus mandamientos los principios filosóficos o éticos que derivan de la sustancialidad del hombre.

El impulso social canalizado por sus forjadores. Los forjadores del impulso social. La forja del impulso social. La canalización de la forja y la canalización del impulso.
El impulso social.

El Derecho Positivo es de facto el instante de Nación. Para defender la Libertad es condición de gobierno del Estado el someterse. Más atendamos, el Estado no se somete, ni es sometido – cabe incluso presumir sea insometible.[25] El Estado no instrumenta régimen de acepción donde ser-ahí libre sea y cabe lo total –el supuesto y hoy mermado individuo de la modernidad, el representamento de perversidad liberalismo-; acepción es totalidad cabida que cabe y ocupa la esfera de acción preescrita en devoción, signo, ritual, valor moral o ética de provecho empresarial.
Un tránsito, sólo del tránsito por Fuerza se procura ideológicamente la cacería del hermano. Hay leyes al efecto que auspician del pensamiento la crucifixión. A la forja de las naciones el derecho es lo sobreseído del hombre.[26]

A la efectividad del desconocer en integridad de cualquier orden o constitución de sapiencia y atingencia[27], en curso de la totalidad del todo en recurso el sentido del ente. Lo evitado mismo es de la evitación del evitar, del ente una pregunta en correspondencia, la asignación perpetúa de la victoria a su canto.[28] Se nos elide. Ser. Burgoa, p. 34:

[…] no sólo el juicio de amparo encuentra en la naturaleza invariable de la personalidad humana su justificación filosófica, sino que su implantación ha obedecido a una ineludible necesidad político-social y su funcionamiento a la también imprescindible urgencia de mantener el orden de derecho en que se estructura la sociedad y el Estado mexicanos. En efecto, cuando los designios populares se manifiestan en la tendencia constante de que la nación asuma una vida jurídica, es decir, organizada y encausada por normas de derecho, su consecución afectiva y real únicamente puede obtenerse mediante el establecimiento de un sistema procesal o adjetivo que garantice el imperativo de la Constitución y de la ley. A esta propensión, preconizada por la ideología democrática y respaldada por la vida misma de nuestro pueblo en las diferentes etapas de su historia, se debe la aparición del amparo en el Derecho Público de México como institución procesal de carácter constitucional. Según lo demostraremos al explicar el concepto de “juicio de amparo”, en su procedencia y finalidad se vierte toda la vida jurídica del país, comprendiéndose dentro de su objetivo tutelar todo el orden de derecho mexicano, en función siempre de la protección específica del gobernado.

La ineludible necesidad político-social es sólo la irresponsabilidad pura del gobierno, razón de medida y media de razón, un transcurso liberalizador de libertad en medida. Redención en el sistema político mexicano es el ministerio de promesa de Ley en Justicia, proceso que nos hará a todos igual.[29] El uno.[30]

Estando nuestra institución tuteladora de tal manera peculiarizada por sus diversas modalidades jurídicas, éstas le imprimen un carácter típicamente nacional. La liberalización de la libertad, a la transformación en Justicia de la esencia de la verdad, es Mercado, bien, posesión y propiedad.

De la nacionalización lo hechos de la razón. El abandono de la tierra en el despojo del Mundo. Los discursos al efecto, sólo condonan de las letras su paz:[31]

En la historia del Derecho Público Mexicano no debe pasar inadvertido el voto 
particular emitido en junio de 1840 por don José Fernando Ramírez, en ocasión a la reforma de la Constitución centralista de 1836, principalmente por lo que ve a la extensión de las facultades y a la dignificación de la Corte Suprema de Justicia. El mencionado jurisconsulto se declaraba partidario decidido de la división o separación de poderes, para cuya conservación proponía una serie de medidas tendientes todas ellas a hacer más efectivo, dentro de la realidad, los principios y postulados de la teoría de Monstesquieu. Sin embargo, al tratar en su estudio acerca de la Corte Suprema, admitía expresamente, en contradicción con sus anteriores declaraciones sobre la separación e independencia funcional de los tres poderes, que dicho organismo tuviese la facultad de iniciar leyes y decretos relativos a su ramo, atribución que implicaba una invasión de funciones en la esfera de actividad

La paz se refracta.

El ver de lo visto, referido a principalidad de la emisión del voto, es lo visto del voto a la materia jurídica del Derecho
¿Qué es la materia jurídica del Derecho?
La principalidad de las particularizaciones. ¿Qué reconocer posa y se mantiene al paso del Derecho Público Mexicano en la particularidad de los particulares?
La materia jurídica del Derecho es el Estado, el sujetarse por objeto –el sujeto- de la ley, la potestad de sus prescripciones.

PROFESORES QUE SIGUEN INGRESOS, SUS RENTAS. HAY VÍAS E INSTANCIAS JURÍDICAS SUFICIENTES A BIEN CANALIZAR POR LAS LEYES CADA UNA DE LAS DESAVENIENCIAS DE LA VIDA PÚBLICA DE LA REPÚBLICA, TAMBIÉN ASÍ DE LA REALIDAD. Diablos pobres vanidosos.

El periodismo que opina tiene la obligación profesional de retener los juicios, la constitución de valor e integrarse en totalidad a las totalidades de las desavenencias al sentido del ser del ente que de sí configura.[32] Integrar las instituciones autónomas.
El abandono.

El condonar de las letras, la refracción de paz, es del comercio sus instrumentaciones: poses­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­ión, bien y propiedad. Las palabras azules y la ignorancia. Más ahí las letras.[33] Todo sabido, por nadie reconocerse, un espacio aterido que todo lo disuelve, un eco,
La evolución historiológica de la institución y su emplazamiento.[34] Dudo, luego pienso, luego soy, francés, francés tan sólo. Viene después ecuménico en revoluciones Estado, socialité, Rostros vamos que constitución en constitución al dominio del mundo domina y se compone, carteristas del mundo uníos, etc, bla, bla, bla.
Para México, en la determinación fundacional de su historiografía, el derecho público mexicano es el emplazamiento de la paz y o el desplazamiento de la espada.
La contradicción  no es sino producción fundamental de la apercepción lógico de atingencia en quien se ha significado la proposición.

La contradicción es una denuncia, y constituye una apropiación de significado al evento.

¿De quién y qué se apropia el historiador al apropiar el decurso de sus retenciones de percepción y la atingencia que solicita de hecho a la posición de efectos en la instrucción didáctica de proceso?

[En la historia del Derecho Público Mexicano] y no [Para la historia del Derecho…] habla de la región donde el precomprender de la historiograficidad se comprende ideológicamente en historiografía por historicidad.

La historiografía, lo que se comprende, es la atención trascendental en referencia al ser ahí en significatividad que efectivamente sucede al sentido del ser del ente. Ser es lo verificable en la atención de servicio del acontecer efectivo de un mandato. Lo verificable, por la atención útil del servicio del ser del ente, se ha hecho la Vida.[35] Por su espíritu hablarás, la atención científica por la atención  del útil, la ontología del servicio que presta su instrumentación lógico trascendental a fin de instaurar de su composición el sentido del ser del esto, Exacción

Son ustedes, el evento a quien atañe en fundamento toda enunciación.

El enunciado así considerado en régimen lógico de los constructos, aún pretende ser ubicado como el ámbito inmediato de proporción y corrección en quien se suscita la totalidad del todo.

La transacción del ente busca certificar y valorar de la meditación objetiva de la fundamentación real y original de la totalidad del ente,
En confección[36]  del comienzo su Verdad.

El
Fin,

Nosotros los gobernados un  medio.[37]

No es llegar a categorías puras que instrumentalicen de la apercepción la totalidad de efectos –el PROCESO- en compañía. Cada ser es único e infinito, el dios otorga a cada uno su medida. El Reino no es de este Mundo. Venimos nosotros a hacerle compañía.




[1] Brida. Al impulso social del Derecho positivo.
[2] Saber, poder, enseñarse. La práctica y la teoría. Más entonces, ¿cuál es el lenguaje tal de esa cosa llamada [práctica] para que el discurso de la práctica y la teoría se establezca de facto con autoridad el poder en la insignia que designa la totalidad del ente? Lo elidido, siempre lenguaje, ya posa del signo de lo escrito al sonido del paso. Evento, suceso, acontecimiento. De la certeza lo elidido por lenguaje y la claridad de su presentarse es temporación, comprensión, es sentido del ser del ente. La sustancia referida, aterida en atingencia a la institución pública. Signo, sonido, claridad. Conferencias inherentes que difieren aferir.
Totalitarismo.
La autoridad no habla, verdades nombra. En lucha social la manifestación de la protesta ha de osar el salto al antes de la lingüisticidad y acometer en pretensión de poder el diálogo. Todo lo demás es Masa.

[3] Ser ente no es, hemos abstraído, ya siempre. Solo ahí se desenvuelve del vadevacum la totalidad cotidiana de lo mundano. Mundano en lenguaje es de común oración. Cósmico. De ahí entonces palabras vimos.
[4] Ahí la cifra.
[5] La física es sólo juego de niños, cfr.:

ESTA CAJA HA SIDO LLENADA CON CERAL TRIX® DE NESTLE® DE ACUERDO AL PESO INDICADO. EL NIVEL DEL CONTENIDO PUEDE VARIAR DEBIDO AL MANEJO DE LA CAJA.
[6] Al afecto se inscribe del evento confianza.
[7] Escrituración. La pregunta que interroga la entidad del ente es una pregunta de poder, la respuesta es obligación de un obedecer, a la formalidad de la gestación de estructura, Derecho. Al pasado se pertenece por las letras.
[8] La era azul de los totalitarismos comienza a la disposición ejecutiva de la abstracción metodológica implementada en concepto por Kant RAZÓN PURA  a bien dar término del desiderátum historiográfico de la comprensión de la totalidad del ente. El pietismo es teología asignificante, la recepción del cuerpo de Cristo. Una estupidez que yace por imagen en natural, alegoría. Nietzsche escribe a fines del siglo XIX que el protestantismo no es, y todo ha y se distiende en el espectro alucinante de la religión católica. La capitalización del emplazamiento de estructura analítica es el tránsito por la legislatura a su interpelación jurídico-catastral. Las ejecuciones marcan la medida del hombre. La marca es instancia de Deseo. El Dios analítico reclama por objeto el sujeto de un baile en efecto. Objetivo, subjetivo, son del deseo y goce del Estado su espectro, Naturaleza en disposición del todo total al el sí de él. Ahí, así, poder, el sí de él a lo ejecutivo en el mañana de la reefectuación de su certeza –PODER EN TOTALIDAD- nace lo Total. Se pre escriben las verdades.
En el desarrollo de las asunciones de prescripción, la historia contemporánea de la tutela nace de la secularización que la Sociología textura–atender las posibilidades de condición de su propia emergencia- de sí para consigo en su voluntad de poder, la nunciatura. Ahí entonces, la recepción “moral” de la “religiosidad” “católica” en su prelación laica de lo dado en razón al comprender.
LAS METODOLOGÍAS CIENTÍFICAS, LA DISPOSICIÓN DE LA TOTALIDAD DEL ENTE Y LA COMPOSICIÓN DEL JUICIO DE LA TOTALIDAD DEL ENTE.
La entidad sometida.
El gobierno de las partes de un cuerpo de Cristo que no es de Dios y nace a la Historia. Laico.
[9] Lo que nos disloca, San Jerónimo, el hielo. […] confiar la solución de la lucha por el poder al medio civilizado de un partido político […]
[10] De ahí la educación, una aporía, es instruir e instrumentar. La instrumentalización es industria.
[11] Razones. EXéGESIS PRELIMINAR PARA LA HISTORIA DE LA TUTELA. [Laicismo y la ideología de la piedad] [antropología de su creencia] [REGIÓN DE IMPLEMENTACIÓN ANTROPOLÓGICA] [LA DESTRUCCIÓN DE LA HUMANIDAD DE LO HUMANO: EL ESPÍRITU] México, composición y autocomposición de la tutela. El Estado y la guerra política. La guerra social. La guerra civil. La guerra ideológica. La consumación en Derecho de la modernidad.
Cfr. al respecto único categorial Francisco González Bocanegra.
[12] Hegel, la escritura y la esencia de la verdad.
[13] Cfr. Daniel Cosío Villegas, El sistema político mexicano, Breve advertencia,

El origen remoto de este Ensayo fue una iniciativa del profesor Stanley R. Ross, entonces difector del Instituto de Estudios Latinoamericanos de la Universidad de Texas, encaminada a reflexionar sobre la vida pública del México de hoy. El método emplazado en lo que acabó por llamarse Indagación Política: México fue el conocido de pedirle a un ponente que presentara por escrito cierto aspecto del problema mayor, escrito que, distribuido con oportunidad entre los comentaristas invitados, es objeo de una detenida discusión, que se graba en cinta magnetofónica. El propósito final era hacer un libro con las ocho ponencias pedidas y sus respectivos comentarios. Pero como suele ocurrir cuando los mexicanos intervenimos en estas cosas no todas se presentaron por escrito, sino oralmente, aunque con el solemne ofrecimiento de reparar pronto esa falta.

Yo mismo, el primer mexicano invitado, la cometí, si bien traté de componerla, haciendo, no una, sino tres exposiciones orales y ofreciendo enviarlas escritas en breve plazo. Pero al poner manos a la obra me asaltaron dos dudas. Primero, yo había dedicado la mayor parte de esas exposiciones a estimar críticamente la aportación de los politólogos norteamericanos al entendimiento de nuestro sistema político, un tema que podía interesar a un auditorio norteamericano, pero no mucho al mexicano. Segundo, si los invitados mexicanos hubiéramos cumplido nuestro compromiso, todas las aportaciones habrían dado una visión global de nuestra vida pública actual; pero como no fue ese el caso, me pareció que mi fallida exposición escrita debía dedicarse ahora a esa visión general.

[14] Las demandas sociales se canalizan mediáticamente por la protesta. Asumen del Estado un comienzo del problema para con el gobierno y sus gobernantes. De la sociedad se naturaliza toda la perversión de la protesta.

Eso que se nombra mal somos el Estado, sin mediar uno a otro un solo dictamen, diferencia que no sentencie de nuestros ojos la verdad.

[15] Nada es, no hay no ser, del sí su condicional, del condicional la apropiación, de la exacción sus proposiciones. La analítica de los decursos que posa en yerros toda verdad: Shakespeare y Kant.
[16] Cfr. el funcionalismo y sus decursos historiológicos internos: la Metahistoria es una región mental de aspergencia de la vida espiritual. Del silenció en la sangre del dios crucificado.

LA EXPLICATIVIDAD –LA NATUTALIZACIÓN DE LA PREGUNTA QUE COMPRENDE EL SENTIDO DEL SER DEL ENTE- [¿QUÉ ES?] Historiograficidad, relato, verdad. [DISPOSITIVO DE SABER Y LA ÉPOCA HISTÓRICA DE LA SOBRE ASUNCIÓN]

El difunto R. G. Collingwood insistía en que el historiador es sobre todo un narrador, y consideraba que la sensibilidad histórica se manifiesta en la capacidad de elaborar un relato plausible a partir de un cúmulo de «hechos» que, en su forma no procesada, carecen por completo de sentido. En el esfuerzo por conferir sentido al registro histórico, que es siempre fragmentario e incompleto, los historiadores tienen que hacer uso de lo que Collingwood llamó «imaginación constructiva», la cual le señala al historiador -como le señala al detective competente cuál  «¿cuál habrá sido el caso?», dada la evidencia disponible y las propiedades formales que ésta le muestra a la conciencia capaz de formular las preguntas correctas. Esta imaginación constructiva funciona de manera semejante a la imaginación a priori de Kant, gracias a la cual aun cuando no somos capaces de percibir los dos lados de una mesa simultáneamente, sin embargo, podemos afirmar que tiene dos lados, aunque sólo veamos uno, porque el concepto mismo de un lado implica al menos otro lado. Collingwood sugirió que los historiadores llegan a sus respectivas evidencias dotados con un sentido de las posibles formas que los distintos tipos de situaciones humanas reconocibles pueden tomar. A este sentido lo denominó olfato para el «relato» contenido en la evidencia o para el relato «verdadero» que estaba soterrado o escondido bajo el relato «aparente». Y concluyó que los historiadores ofrecen explicaciones plausibles para los cuerpos de evidencia histórica cuando logran descubrir el relato o complejo de relatos implícitamente contenidos dentro de ellos.
Lo que Collingwood no advirtió, sin embargo, es que ningún conjunto dado de acontecimientos históricos casualmente registrados puede por sí mismo constituir un relato; lo máximo que podría ofrecer al historiador son elementos del relato. Los acontecimientos son incorporados en un relato mediante la supresión y subordinación de algunos de ellos y el énfasis en otros, la caracterización, la repetición de motivos, la variación del tono y el punto de vista, las estrategias descriptívas alternativas y similares; en suma, mediante todas las técnicas que normalmente esperaríamos encontrar en el tramado de una novela o una obra. Por ejemplo, ningún acontecimiento histórico es intrínsecamente trágico; puede ser concebido como tal sólo desde un punto de vista particular o dentro del contexto de un conjunto estructurado de acontecimientos, entre los cuales goza de un lugar privilegiado. Porque, en la historia lo que es trágico desde una perspectiva resulta cómico desde otra, al igual que lo que parece trágico en una sociedad desde el punto de vista de una clase puede ser, como Marx pretendió mostrar en El dieciocho brumario de Luis Bonaparte, sólo una farsa desde la perspectiva de otra clase. Considerados como elementos potenciales de un relato, los acontecimientos históricos tienen un valor neutral. Que encuentren su lugar finalmente en un relato que es trágico, cómico, romántico o irónico -para usar las categorías de Frye- depende de la decisión del historiador de configurarlos de acuerdo con los imperativos de determinada estructura de trama, o mythos) en lugar de otra. El mismo conjunto de acontecimientos puede servir como componente de un relato que es trágico o cómico, según sea el caso, dependiendo de la elección del historiador respecto a la estructura de trama que considera más apropiada para ordenar los acontecimientos de ese tipo, de forma que se incluyan dentro de un relato comprensible.

[AFIRMAR] [NO BUENO, LA ESENCIA DE LA VERDAD] [PAROUSÍA DE LA TOTALIDAD] [SUJECIÓN DE SUJETOS] [METAFÍSICA] [el no advertir] [de la apercepción la totalidad del ente]

[ACTUAR SIN ELEMENTOS CONCRETOS] [ SISTEMA PROCESASAL PENAL ACUSATORIO]
[incompetencia]

Del caso trasladar del Estado a la totalidad del ente. A la disrupción de la materia social, la revolución de las instituciones de derecho. Moral, ética, déjala, sin Dios cuándo.

Ahí así entonces el manifestarse del espectro.
[17] El individuo es siempre individuo gobernado.
[18] Hölderlin, Rousseau:

Es demasiado breve nuestra jornada: nacer,
Abrir los ojos, admirarse y ya la tarde cae.
Nos adormece y pasan como estrellas
Todas las eras de innumerables pueblos.

Algunos ven más allá de su tiempo;
Un dios les abre lejanas perspectivas. Pero tú
Permaneces nostálgico en la orilla, escándalo
Para los tuyos, como sombra que nunca los querra.

¿Y dónde están esos que nombras y anuncias,
Raza nueva cuyo amistoso abrazo te reanimará?
¿Se la ve llegar? Quizás entonces
Tu prédica solitaria sea por fin escuchada.

¿Ni un eco responde a tus clamores, oh desdichado!
Y como los muertos sin sepultura, yerrás
Desorientado en busca de reposo y nadie
Te indica el camino que debes seguir.

¡Oh claras mañanas y vosotras, horas nocturnas!,
Cuántas veces, al divisar tu carro triunfal…
…y el botín que llevabas
Y los bárbaros cargados con cadenas de oro,

Cuando los sacerdotes de la paz entonaban
Cantos en honor del amante pueblo
Y de su genio y de los himnos extasiados
En los sotos de la primavera…

¡Regocíjate! Porque el árbol ha nacido
Del suelo patrio. Pero sus jóvenes brazos
Llenos de amor, caen y agacha la cabeza,
Tristemente.

La vida exuberante, el infinito que lo rodea,
… que comienzan a despuntar, no los concibe,
Peros sus savias lo animan, manifiestas,
Cálidas, eficaces; y el fruto de forma y brota.

¡Tú has visto!... También tú eres de aquellos
A los que el sol futuro alumbraba la frente,
Y los rayos mensajeros de tiempos más hermosos
Encontraron el camino de tú corazón.

Has esperado y comprendido
De esa nueva estirpe y supiste leer en su alma.
Para tu corazón hinchado de deseo un signo
Ha sido suficiente; y es por signos
Que desde siempre los dioses nos han hablado.

Y, milagro, como si desde el principio
El espíritu humano hubiese visto lo por venir
Y las antiguas maneras de la vida,

Sabes el primer signo lo que habrá de cumplirse
Y entonces remontas vuelo, audaz espíritu,
Como las águilas ante la tormenta que se avecina,
Precedes con tu vuelo a los dioses venideros.
[19] ¿Quiénes son los propios?
[20] El terror y sus horrores.
[21] De la fuerza los instrumentos. Celebrar el triunfo de lo práctico sobre lo místico.
[22] El en sí hegeliano es la naturalidad del ya. La presunción preventiva de la verificación de verdad, el pensar y el ahí de la escritura. ¿Al pensar, pensamos?
De la protesta la manifestación, de la manifestación el espectro, el espectro y el espíritu y la negatividad. El comienzo de hechos, Burgoa, El juicio de amparo:
           
            Prólogo del autor a la obra en general:

Sin temor a equivocarnos, podemos afirmar que el juicio de amparo [es decir, “aún cuando nos equivoquemos”], bajo su estructura constitucional legal y funcionamiento práctico, es una institución netamente mexicana. Con la anterior aseveración no pretendemos dar a entender que el juicio de amparo, como medio de control constitucional en sí mismo considerado, haya tenido su origen en nuestro país, puesto que bien puede reconocer antecendentes extranjeros; lo único que intentamos significar es que, estando nuestra institución tuteladora de tal manera peculiarizada por sus diversas modalidades jurídicas, éstas le imprimen un carácter típicamente nacional.

Nacionalismo.
De la institución del Juicio de Amparo lo elidido es lenguaje, naturalizado en realidad política fáctica. De ella en Estado, inmediatez de lo inmediato lo concreto en signficatividad. Física, naturaleza, ciencia. Subyacen efectos, obyecta afectividad.
Obrar entidades. [cfr. Foucault y la microfísica del poder]

[23] El historiador: De la fuerza el sentido de su apropiación trascendental. La exacción de principio. La interrogatividad que sentencia. La institución del dispositivo y la disposición de institución. Poderío de fe, poderío de verdad y la trascendentación de miras: gobierno es dominio de horizontes.
[24] ¿Quién? De la temporalidad el Nosotros discurre. La enunciación apriorística del Yo y la construcción de la proposición afirmativa, positiva y verificable pone por región de contrato de la confección ontológico fundamental del sentido del ser del ente el ámbito de adscripción de función del sentido del ser del ente, de la apercepción a la apercepción toda en voluntad de poder. La naturalización del sujeto ontológico [Quién]  es el suceso del ahí de la lectura.
Funciones del poder por deontológica de miradas. Persona. Y es que el Yo, por comienzo, emplaza la naturaleza de sus fines por principio lógico de su poderío de paso.

¿Por qué la voluntad de poder ha de ser considerada poderío de paso?
¿Qué es el paso?

[25] Las clausulas de viaje en el tiempo que esto ficcionan y falsibilizan. Lo elidido por lenguaje a la dignidad del sujeto –emplazamiento plástico de la indivualidad estructura- es Nosotros.
[26] I.N.R.I. la pregunta en determinación por la esencia de la verdad. La romanidad y la transformación de la entidad del ente. El Señor, la interrogación, la verdad.
[27] Atingencia es atingencia lógica de comunicabilidad. La comunicabilidad ya absume al régimen físico de las personas a la norma moral de sus letras. Nosotros a las letras jugamos fenomenologías de conciencia. La naturalidad del comprenderse es la disociación de la diferencia, integridad trascendental de consciencia.
El juego donde el diablo se engaña a sí mismo es del engaño el paso en naturalidad que ha naturalizado del paso las regiones de destino y procedencia de asignación de sentido al fin del sujeto, salto. Un buen abogado sabe que otro es él mismo. Los estudios generales de la alteridad justifican y naturalizan de los fines de la disociación del otro la integridad de un plexo.
Ahí entonces está Newton y el espejo.
¿Qué se lleva de la luz el reflejo? La imagen. Ahí comienza de la historiograficación la verdad, el yacer que posa desocultado la ocultación fundamental de las proposiciones. Nombramos lo claro.
A esa ocultación fundamental de las proposiciones la hemos denominado Posición lírica. ¿Qué es la posición lírica del respecto de la verdad? Posesión en oración verdad.
Posesión es posesión de fe en poderío de verdad, la reefectuación de la atingencia de identidad a sustituto didáctico de los hechos. La transparencia icónica que oración se transita.
La transposición de los hechos a verdad, sólo ahí los humanos nombramos ficciones.
[28] Espíritu, la dialéctica. Y es el Canto quien se levante en victoria. La letanía de la condena también obtura la paz. Jesús es la espada para las naciones del orbe, el régimen social. En este país la palabra no vale nada.
De los honorarios apercibidos por los abogados en Mexica, los honorarios apercibidos por los asesinos mexicanos.
Compare usted y vigile,
La costa de la Justicia. La manifestación y el espectro. De la metáfora la marca, de la marca la institución de verdad. Todo es “falso”.
Del Mercado la naturalidad debida.
De la marca en instituto la verdad. No hay otra cosa, y deje usted que el acusado tenga derecho de ser conocido por el juez que lo juzgará. Conozca usted al juez que lo sentencia, sepa usted del lenocinio en quien la contradicción de declaración de un testigo a él mismo no es responsabilidad de un juez o un abogado de atender. Probar, demostrar y comprobar una investigación. ¿Investigar? Ministerios públicos. En México la cuestión científica nunca ha sido investigación, administración de piedad en verdad, que saber se denomina a las condiciones de efecto en poder. Se sabe, gobernado, que las cosas que pasan son. A lo hecho pecho, naturalizar historiográficamente afectos.
¿Paz? Valores. De la merca la trata, leyes tan solas.
El valor de los actos jurídicos y la atemperancia de paz en el comercio lícito y tolerado por los mismos que así lo auspician. Juristas que legitiman la violencia desplazada en Mercado –paradojas marxianas de la transabducción de Hegel a la naturalidad de Kant.
[29] Y así la revolución se dispone. La generalidad del trazo de la historiograficidad mexicana se haya del paso de la oposición insurgente en Ignacio López Rayón y José María Morelos y Pavón al paso de la Independencia política de la Nueva España en tránsito de fe por institucionalidad de poder en la historiográfica de Lucas Alamán. De la totalidad del ente la ciencia jurídica mexicana. El triunfo histórico –nunca historiográfico- del liberalismo. La república federal de México posa en historiogracidad centralismo.
Toda revolución prolónga, es iusnatural. La sectorización es al punto la trascendentalización de la unidad fundamental de aperecepción en quien México se co-loca. Instituciones y caudillos. De la mano, las pequeñas revoluciones, el terrorismo es quien sostiene la inevitabilidad lógica del pueblo.
[30] El mito.
[31] La hermenéutica historiográfica es espada.

Hemos de atender entonces que ante el régimen de cualquier prescripción de instrumentación ontológico categorial –AXIOLÓGICA DE JERARQUÍAS- de las prescripciones lógicas de un derecho liberal, sus preceptos son ya la voluntad de poderío que en poderío de verdad emplaza del sentido del ser ente la significación del evento, a la atención la letra, la formativa ético-táctica de prescripción ideal. El concepto que emplaza los términos de una deuda, régimen de control constitucional que remonta su significación categorial al espacio-tiempo de lo sobreseído.  El Derecho es el poderío de temporalidad, de ahí sus presunciones atemporales.

La letra no es el sonido que la letra no es la escritura.
La letra es el poder efectivo.

De la ficción o de la generalización de las formas de escritura la construcción de las disposiciones de región que desplazan en poder el fuego. Todo se refiere del uno al constructo en representación. Nada de esto ha sido hecho sin el apoyo paterno.

De la presunción atemporal del Derecho el poderío de temporalidad del derecho ya recursa del ahí la espaciación de espaciamiento a la intervención práctico afectivo de la percepción de diferencialidad.

 –lo ético, recuerda interventor, es la determinación ontocategorial que en prescripción fundamental remonta cualquier disociación del plexo efectivo en sus afectividades. Los decursos absolutos de significatividad de las disposiciones de conferencia tales como [interioridad] [significatividad] [consciencia] [reflexividad] [subjetividad] se confeccionan a …
Comienzo.

¿La felicidad?
[Del dispositivo comienza lo pos-moderno] [el dispositivo es Nietzsche] [ se acostumbra en instante]
[32] De configuraciones de suyo la física se mantiene. La atingencia lógica de sus significaciones son la reefectuaciones de evento al nombrarse la cosa por objeto. La retención temporal de la anunciaciones al ser del paso de la palabra la referencia efectiva. Realidad de sí que a sí se confiere.
Majestades.
[33] Amo el canto del cenzontle, amo de la ochocientas mil voces, más amo mejor el canto de mi hermano el hombre. El RESPECTO AL DERECHO AJENO ES LA PAZ. Por su nombre los conocerás, ex -clavizadores. Hombres necios que acusáis sin razón y sin piedad, os acuso. Ahí entonces la economía.
De peso los dólares economistas, de peso los dólares.
¿De los muertos a qué va una conjura?


[34] La doble atribución –espacio y tiempo – en quien la sentencia se asume enunciación de hecho,
Proposición,
Oración,
Exacciones en significación a la efectividad de la posición lírica del verso; el condicionamiento de poderío del lenguaje.

El efectivo exaccionar es del argumento la estructura narrativa y la estructura lógica de sus divergencias para con la totalidad de signos, algo que del autor aún resta de comienzo para nosotros.

Nosotros y nuestro resto de comienzo.
[35] El maquinismo.
[36] La confección es el ser-ahí efectivo de
l la determinante existencial comprendida –la subducción aducida- .
[37] La persona mexicana. Sus personajes. Historia jurídica de la nación mexicana y las estructuras de ficción de sus ensayos de poder al ente.

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