Historiografía mexicana, C I N C O, Historiograficidad y
Ciencia jurídica
T R E S
México no se había recuperado del desgaste físico y de la desorganización que necesariamente
trajeron consigo la revolución maderista, el golpe revolucionario de Huerta, el
movimiento constitucionalista y las rebeliones de Obregón y de Adolfo de la
Huerta. Además, la acción encaminada a lograr las metas revolucionarias apenas
se había iniciado. Enderezar todo esto y comenzar a construir la nueva sociedad
que se había propuesto la Revolución, exigía una gran unidad en el grupo
dirigente y una aquiescencia general de parte de los gobernados, condición que
no podría conseguirse sino mostrándoles a todos ellos los resultados prácticos
de la acción renovadora de la Revolución. Es verdad que ésta no tuvo nunca un
“programa” propiamente dicho, ni siquiera el que presentaba la Constitución de
1917; pero sus tendencias principales eran inequívocas: un nacionalismo
marcado, un “populismo” visible” y la elevación no sólo económica y social sino
concretamente política, de los campesinos y los obreros.
Daniel Cosío Villegas, El Sistema político mexicano
Lógica. El espectro de la especulación. Burgoa. […] [Es el Juicio de amparo]:
con independencia de las
circunstancias históricas que le dieron nacimiento, la consecuencia política y
social, inevitable, en el terreno deontológico, del desiderátum de proteger la
personalidad humana y el régimen normativo del país.
Desiderátum de proteger la personalidad humana.
Desiderátum de proteger el régimen normativo del país.
Del Desiderátum la elisión de lo elidido.
Constructo
social, representamento político. Estamentación de modernidad.
Ser, ahí, determinarse.
Determinamentos,
Huerta & cabinet (LOC) (Photo credit: The Library of Congress) |
Determinalidades.
Al transcurso trascendente del discurso, de la referencia
empírica, material, comprobable, y verificable de un logos, la condición de
posibilidad del evento aferido – la razón pura- es a sí su posibilidad de
condición, ahí realidad efectiva del ser ente.[3]
La afección es la realidad efectiva de la totalidad del ente
que a sí se elide. Es a la concepción de concepto lo que nombramos idea.
De allá transcurre todo concepto de atemporación, en la
gestación de instrumentales lógicos que por comienzo de su instrucción son
asumidos en axioma, a tanto ser descontados al interior de efecto que es el
medir de los transcursos.[4]
El fundamental al cual la ciencia política establece cura es el de la
disposición de la abstracción metodológica [transcursos] en instrumentación
cotidiana y ordinaria para la voluntad de fe.
En verdad,
El mundo y su establecerse en escena, el figurarse de la
estabilidad aferida, es la escena de presente efectivo en quien la realidad se
realiza. De formas nadie conoce nada, la realidad trascendental en fe quien nos
difiere es.[5]
Lo que nos afiere, la significatividad, se dispone así
elidido.
Individuos de la ley sujetados. Sujeción por garantía
gobierno, reserva de prelación y certeza. Realidad, a ella demarcas Fe.[6]
La efectividad del ser-ahí elidido difiere y confiere en
espacialidad el sentido.[7]
Más allá de la historia de la extención de conferencia lo total, la política,
lo social.[8]
Por política, por sociedad, cabe inferir no otro sino lo inevitable
deontológico del imperativo histórico que funda al Estado, de sí razón pura que
historia colocaciones en el antes y el después del más allá que demarca.[9]
Temporalidad no hay, la realidad es el cumplimiento de las
formas. Lo elidido por comienzo al principio del Estado es la
historiograficidad.[10]
Anahistóricos, atemporales. Busquemos a la atención que retiene los transcursos
las fundaciones del evento.[11]
En el Prólogo a la primera edición de El
juicio de amparo de Ignacio Burgoa, enero de 1943, el licenciado Alfonso
Noriega Jr., escribe:
En nuestra patria, en donde los
juristas por una inexplicable falta de confianza en sí mismos o bien por un
exceso imperdonable de amor propio, acostumbran guardar celosamente sus
conocimientos para la enseñanza de la cátedra, la redacción de alegatos ante
los Tribunales o bien para la charla amistosa, sin decidirse, salvo contadas
excepciones, a llevarlos al campo de la monografía, del manual o del tratado,
emprender una obra sistemática, tomarse la obligación de redactar un estudio
armónico sobre un problema jurídico y tener el valor sobre todo de ofrecer este
estudio a la consideración del público, es obra digna, por todos conceptos, de
elogio y de aliento.
La esfera de actividad. El espectro de la especulación es la
escritura.[12]
El ahí a la naturalidad del localizar es disolución del ahí,
naturalizar del presentar: el concepto es un representamento. Los argumentos se
representamentan, son conceptos que de sí se difieren- el ejemplo que de suyo
se infiere. La simple lectura es representación, la teoría posa totalidad,
naturalización afectiva del régimen de apercepciones: el habitar del reino es
un creer saber.[13]
El amparo.[14]
Filosofar es libertad o Nada[15].
La seducción es un someterse, y no hay servilismo a la obediencia del honor que
no emplace del negocio la verdad, el tráfico del sustentarse.
Estructuras.[16]
A la construcción de los derechos civiles como derechos humanos, las
garantías individuales son garantías del
gobernado, nada más.[17]
Autorización por esencia de la verdad a la fuerza y su efecto, el imperativo de
reconocimiento de poder ¿La Sociedad así quién se confunde? De lo individual el
gobierno, el elidirse del signo es lo social. Piedad. Ahí, al totalitarismo del
acto público del poder público confundido en Sociedad –Rousseau, el
protestantismo, la pureza de las formas puras, la ingenuidad[18]-
y la exacción democrática de la autoridad –el honor conferido en respeto a lo
que por definición se mando ya a chingar a su puta madre-, son a lo total la
sola condición de privacidad del acto del voto que ya remite a la supremacía de
Corte en quien gobierna UN SEÑOR, Gobierno-Estado, la Historia.
La entidad.
Ahí los propios.[19]
De sabios es el evitar la guerra, más el evitar de la guerra
es la previsión perpetua de la fuerza. Sólo a la fuerza nace el principio, lo
que resta ante el comienzo es del principio el conocer de lo reconocido y lo
reconocido del reconocer.[20]
Fuerza sabe no hay comienzo por principio. Este es discurso
de Fe[21].
Más subjeto y objeto que en objeción de ya[22]
nos aprestas, al poder los hechos, de nosotros a la prudencia la atención.[23]
Hemos de atender no somos del comienzo un que, todo –el ente- para con el
sentido del ser del ente de la proposición –toda y no sólo ésta que enunciamos.[24]
La entidad.
Burgoa,
p. 30:
[…] el juicio de amparo surgió a la vida
jurídica de México merced el impulso social, canalizado por sus forjadores, de
proteger, las garantías individuales o los llamados “derechos del hombre”,
principalmente, es decir, la esfera del gobernado contra cualquier acto del
poder público que afectase o amenazase su integridad, y dentro de cuya esfera
ocupa un lugar prominente la libertad humana. En otras palabras, la tutela de
las potestades naturales del hombre a través de la Constitución, es decir, su
conversión en “derechos del gobernado” oponibles a toda autoridad estatal y
respetables por ella, han sido fenómenos que obedecieron al acatamiento
ineludible de las exigencias inherentes a la naturaleza del ser humano como
“persona” o sea, como ente psico-físico, dotado de razón y auto-teleológico. De
ahí que los preceptos constitucionales, en que se ha reconocido o declarado un
ámbito mínimo de acción y desiderátum social, consistente en traducir los
imperativos de la personalidad humana, en normas de carácter jurídico
fundamental, pues el Derecho Positivo, si pretende ostentar un signo de
perennidad y establecer una regulación duradera de la vida de los pueblos, debe
necesariamente acoger en sus mandamientos los principios filosóficos o éticos
que derivan de la sustancialidad del hombre.
El impulso social canalizado por sus forjadores. Los
forjadores del impulso social. La forja del impulso social. La canalización de
la forja y la canalización del impulso.
El impulso social.
El Derecho Positivo es de facto el instante de Nación. Para
defender la Libertad es condición de gobierno del Estado el someterse. Más
atendamos, el Estado no se somete, ni es sometido – cabe incluso presumir sea
insometible.[25]
El Estado no instrumenta régimen de acepción donde ser-ahí libre sea y cabe lo
total –el supuesto y hoy mermado individuo de la modernidad, el representamento
de perversidad liberalismo-; acepción
es totalidad cabida que cabe y ocupa la esfera de acción preescrita en
devoción, signo, ritual, valor moral o ética de provecho empresarial.
Un tránsito, sólo del tránsito por Fuerza se procura
ideológicamente la cacería del hermano. Hay leyes al efecto que auspician del
pensamiento la crucifixión. A la forja de las naciones el derecho es lo
sobreseído del hombre.[26]
A la efectividad del desconocer en integridad de cualquier
orden o constitución de sapiencia y atingencia[27],
en curso de la totalidad del todo en recurso el sentido del ente. Lo evitado
mismo es de la evitación del evitar, del ente una pregunta en correspondencia,
la asignación perpetúa de la victoria a su canto.[28]
Se nos elide. Ser. Burgoa, p. 34:
[…] no sólo el juicio
de amparo encuentra en la naturaleza invariable de la personalidad humana su
justificación filosófica, sino que su implantación ha obedecido a una
ineludible necesidad político-social y su funcionamiento a la también
imprescindible urgencia de mantener el orden de derecho en que se estructura la
sociedad y el Estado mexicanos. En efecto, cuando los designios populares se
manifiestan en la tendencia constante de que la nación asuma una vida jurídica,
es decir, organizada y encausada por normas de derecho, su consecución afectiva
y real únicamente puede obtenerse mediante el establecimiento de un sistema
procesal o adjetivo que garantice el imperativo de la Constitución y de la ley.
A esta propensión, preconizada por la ideología democrática y respaldada por la
vida misma de nuestro pueblo en las diferentes etapas de su historia, se debe
la aparición del amparo en el Derecho Público de México como institución
procesal de carácter constitucional. Según lo demostraremos al explicar el
concepto de “juicio de amparo”, en su procedencia y finalidad se vierte toda la
vida jurídica del país, comprendiéndose dentro de su objetivo tutelar todo el
orden de derecho mexicano, en función siempre de la protección específica del
gobernado.
La ineludible necesidad político-social es sólo la
irresponsabilidad pura del gobierno, razón de medida y media de razón, un
transcurso liberalizador de libertad en medida. Redención en el sistema
político mexicano es el ministerio de promesa de Ley en Justicia, proceso que
nos hará a todos igual.[29]
El uno.[30]
Estando nuestra institución tuteladora de tal manera
peculiarizada por sus diversas modalidades jurídicas, éstas le imprimen un
carácter típicamente nacional. La liberalización de la libertad, a la
transformación en Justicia de la esencia de la verdad, es Mercado, bien,
posesión y propiedad.
De la nacionalización lo hechos de la razón. El abandono de
la tierra en el despojo del Mundo. Los discursos al efecto, sólo condonan de las
letras su paz:[31]
En la historia del Derecho Público
Mexicano no debe pasar inadvertido el voto
particular emitido en junio de 1840
por don José Fernando Ramírez, en ocasión a la reforma de la Constitución
centralista de 1836, principalmente por lo que ve a la extensión de las
facultades y a la dignificación de la Corte Suprema de Justicia. El mencionado
jurisconsulto se declaraba partidario decidido de la división o separación de
poderes, para cuya conservación proponía una serie de medidas tendientes todas
ellas a hacer más efectivo, dentro de la realidad, los principios y postulados
de la teoría de Monstesquieu. Sin embargo, al tratar en su estudio acerca de la
Corte Suprema, admitía expresamente, en contradicción con sus anteriores
declaraciones sobre la separación e independencia funcional de los tres
poderes, que dicho organismo tuviese la facultad de iniciar leyes y decretos
relativos a su ramo, atribución que implicaba una invasión de funciones en la
esfera de actividad
La paz se refracta.
El ver de lo visto, referido a principalidad de la emisión
del voto, es lo visto del voto a la materia jurídica del Derecho
¿Qué es la materia jurídica del Derecho?
La principalidad de las particularizaciones. ¿Qué reconocer
posa y se mantiene al paso del Derecho Público Mexicano en la particularidad de
los particulares?
La materia jurídica del Derecho es el Estado, el sujetarse
por objeto –el sujeto- de la ley, la potestad de sus prescripciones.
PROFESORES QUE SIGUEN INGRESOS, SUS RENTAS. HAY VÍAS E INSTANCIAS
JURÍDICAS SUFICIENTES A BIEN CANALIZAR POR LAS LEYES CADA UNA DE LAS
DESAVENIENCIAS DE LA VIDA PÚBLICA DE LA REPÚBLICA, TAMBIÉN ASÍ DE LA REALIDAD.
Diablos pobres vanidosos.
El periodismo que opina tiene la obligación profesional de
retener los juicios, la constitución de valor e integrarse en totalidad a las
totalidades de las desavenencias al sentido del ser del ente que de sí
configura.[32]
Integrar las instituciones autónomas.
El abandono.
El condonar de las letras, la refracción de paz, es del
comercio sus instrumentaciones: posesión,
bien y propiedad. Las palabras azules y la ignorancia. Más ahí las letras.[33]
Todo sabido, por nadie reconocerse, un espacio aterido que todo lo disuelve, un
eco,
La evolución historiológica de la institución y su
emplazamiento.[34]
Dudo, luego pienso, luego soy, francés, francés tan sólo. Viene después
ecuménico en revoluciones Estado, socialité,
Rostros vamos que constitución en constitución al dominio del mundo domina y se
compone, carteristas del mundo uníos, etc, bla, bla, bla.
Para México, en la determinación fundacional de su
historiografía, el derecho público mexicano es el emplazamiento de la paz y o
el desplazamiento de la espada.
La contradicción no es
sino producción fundamental de la apercepción lógico de atingencia en quien se
ha significado la proposición.
La contradicción es una denuncia, y constituye una
apropiación de significado al evento.
¿De quién y qué se apropia el historiador al apropiar el
decurso de sus retenciones de percepción y la atingencia que solicita de hecho
a la posición de efectos en la instrucción didáctica de proceso?
[En la historia del Derecho Público Mexicano] y no [Para la
historia del Derecho…] habla de la región donde el precomprender de la
historiograficidad se comprende ideológicamente en historiografía por
historicidad.
La historiografía, lo que se comprende, es la atención
trascendental en referencia al ser ahí en significatividad que efectivamente
sucede al sentido del ser del ente. Ser es lo verificable en la atención de
servicio del acontecer efectivo de un mandato. Lo verificable, por la atención
útil del servicio del ser del ente, se ha hecho la Vida.[35]
Por su espíritu hablarás, la atención científica por la atención del útil, la ontología del servicio que
presta su instrumentación lógico trascendental a fin de instaurar de su
composición el sentido del ser del esto, Exacción
Son ustedes, el evento a quien atañe en fundamento toda
enunciación.
El enunciado así considerado en régimen lógico de los
constructos, aún pretende ser ubicado como el ámbito inmediato de proporción y
corrección en quien se suscita la totalidad del todo.
La transacción del ente busca certificar y valorar de la
meditación objetiva de la fundamentación real y original de la totalidad del
ente,
En confección[36]
del comienzo su Verdad.
El
Fin,
Nosotros los gobernados un
medio.[37]
No es llegar a categorías puras que instrumentalicen de la
apercepción la totalidad de efectos –el PROCESO- en compañía. Cada ser es único
e infinito, el dios otorga a cada uno su medida. El Reino no es de este Mundo.
Venimos nosotros a hacerle compañía.
[1] Brida. Al impulso social del Derecho positivo.
[2] Saber, poder, enseñarse. La práctica y la teoría. Más
entonces, ¿cuál es el lenguaje tal de esa cosa llamada [práctica] para que el
discurso de la práctica y la teoría se establezca de facto con autoridad el
poder en la insignia que designa la totalidad del ente? Lo elidido, siempre
lenguaje, ya posa del signo de lo escrito al sonido del paso. Evento, suceso,
acontecimiento. De la certeza lo elidido por lenguaje y la claridad de su
presentarse es temporación, comprensión, es sentido del ser del ente. La sustancia
referida, aterida en atingencia a la institución pública. Signo, sonido,
claridad. Conferencias inherentes que difieren aferir.
Totalitarismo.
La autoridad no habla,
verdades nombra. En lucha social la manifestación de la protesta ha de osar el
salto al antes de la lingüisticidad y acometer en pretensión de poder el
diálogo. Todo lo demás es Masa.
[3] Ser ente no es, hemos abstraído, ya siempre. Solo ahí
se desenvuelve del vadevacum la totalidad cotidiana de lo mundano. Mundano en
lenguaje es de común oración. Cósmico. De ahí entonces palabras vimos.
[4] Ahí la cifra.
[5] La física es sólo juego de niños, cfr.:
ESTA CAJA HA SIDO LLENADA CON CERAL TRIX® DE
NESTLE® DE ACUERDO AL PESO INDICADO. EL NIVEL DEL CONTENIDO PUEDE VARIAR DEBIDO
AL MANEJO DE LA CAJA.
[6] Al afecto se inscribe del evento confianza.
[7] Escrituración. La pregunta que interroga la entidad
del ente es una pregunta de poder, la respuesta es obligación de un obedecer, a
la formalidad de la gestación de estructura, Derecho. Al pasado se pertenece
por las letras.
[8] La era azul de los totalitarismos comienza a la
disposición ejecutiva de la abstracción metodológica implementada en concepto
por Kant RAZÓN PURA a bien dar término
del desiderátum historiográfico de la comprensión de la totalidad del ente. El
pietismo es teología asignificante, la recepción del cuerpo de Cristo. Una
estupidez que yace por imagen en natural, alegoría. Nietzsche escribe a fines
del siglo XIX que el protestantismo no es, y todo ha y se distiende en el
espectro alucinante de la religión católica. La capitalización del
emplazamiento de estructura analítica es el tránsito por la legislatura a su
interpelación jurídico-catastral. Las ejecuciones marcan la medida del hombre.
La marca es instancia de Deseo. El Dios analítico reclama por objeto el sujeto
de un baile en efecto. Objetivo, subjetivo, son del deseo y goce del Estado su
espectro, Naturaleza en disposición del todo total al el sí de él. Ahí, así,
poder, el sí de él a lo ejecutivo en el mañana de la reefectuación de su certeza
–PODER EN TOTALIDAD- nace lo Total. Se pre escriben las verdades.
En el desarrollo de las
asunciones de prescripción, la historia contemporánea de la tutela nace de la
secularización que la Sociología textura–atender las posibilidades de condición
de su propia emergencia- de sí para consigo en su voluntad de poder, la
nunciatura. Ahí entonces, la recepción “moral” de la “religiosidad” “católica”
en su prelación laica de lo dado en razón al comprender.
LAS METODOLOGÍAS
CIENTÍFICAS, LA DISPOSICIÓN DE LA TOTALIDAD DEL ENTE Y LA COMPOSICIÓN DEL
JUICIO DE LA TOTALIDAD DEL ENTE.
La entidad sometida.
El gobierno de las
partes de un cuerpo de Cristo que no es de Dios y nace a la Historia. Laico.
[9] Lo que nos disloca, San Jerónimo, el hielo. […]
confiar la solución de la lucha por el poder al medio civilizado de un partido
político […]
[10] De ahí la educación, una aporía, es instruir e
instrumentar. La instrumentalización es industria.
[11] Razones. EXéGESIS PRELIMINAR PARA LA HISTORIA DE LA
TUTELA. [Laicismo y la ideología de la piedad] [antropología de su creencia]
[REGIÓN DE IMPLEMENTACIÓN ANTROPOLÓGICA] [LA DESTRUCCIÓN DE LA HUMANIDAD DE LO
HUMANO: EL ESPÍRITU] México, composición y autocomposición de la tutela. El
Estado y la guerra política. La guerra social. La guerra civil. La guerra
ideológica. La consumación en Derecho de la modernidad.
Cfr. al respecto único categorial Francisco González
Bocanegra.
[12] Hegel, la escritura y la esencia de la verdad.
[13] Cfr. Daniel Cosío Villegas, El sistema político
mexicano, Breve advertencia,
El origen remoto de este Ensayo fue una iniciativa del profesor Stanley
R. Ross, entonces difector del Instituto de Estudios Latinoamericanos de la
Universidad de Texas, encaminada a reflexionar sobre la vida pública del México
de hoy. El método emplazado en lo que acabó por llamarse Indagación Política:
México fue el conocido de pedirle a un ponente que presentara por escrito
cierto aspecto del problema mayor, escrito que, distribuido con oportunidad
entre los comentaristas invitados, es objeo de una detenida discusión, que se
graba en cinta magnetofónica. El propósito final era hacer un libro con las
ocho ponencias pedidas y sus respectivos comentarios. Pero como suele ocurrir
cuando los mexicanos intervenimos en estas cosas no todas se presentaron por
escrito, sino oralmente, aunque con el solemne ofrecimiento de reparar pronto
esa falta.
Yo mismo, el primer mexicano invitado, la cometí, si bien traté de
componerla, haciendo, no una, sino tres exposiciones orales y ofreciendo
enviarlas escritas en breve plazo. Pero al poner manos a la obra me asaltaron
dos dudas. Primero, yo había dedicado la mayor parte de esas exposiciones a
estimar críticamente la aportación de los politólogos norteamericanos al
entendimiento de nuestro sistema político, un tema que podía interesar a un
auditorio norteamericano, pero no mucho al mexicano. Segundo, si los invitados
mexicanos hubiéramos cumplido nuestro compromiso, todas las aportaciones habrían
dado una visión global de nuestra vida pública actual; pero como no fue ese el
caso, me pareció que mi fallida exposición escrita debía dedicarse ahora a esa
visión general.
[14] Las demandas sociales se canalizan mediáticamente por
la protesta. Asumen del Estado un comienzo del problema para con el gobierno y
sus gobernantes. De la sociedad se naturaliza toda la perversión de la
protesta.
Eso que se nombra mal somos el Estado, sin mediar uno a otro un solo
dictamen, diferencia que no sentencie de nuestros ojos la verdad.
[15] Nada es, no hay no ser, del sí su condicional, del
condicional la apropiación, de la exacción sus proposiciones. La analítica de
los decursos que posa en yerros toda verdad: Shakespeare y Kant.
[16] Cfr. el
funcionalismo y sus decursos historiológicos internos: la Metahistoria es una
región mental de aspergencia de la vida espiritual. Del silenció en la sangre
del dios crucificado.
LA EXPLICATIVIDAD –LA
NATUTALIZACIÓN DE LA PREGUNTA QUE COMPRENDE EL SENTIDO DEL SER DEL ENTE- [¿QUÉ
ES?] Historiograficidad, relato, verdad. [DISPOSITIVO DE SABER Y LA ÉPOCA
HISTÓRICA DE LA SOBRE ASUNCIÓN]
El
difunto R. G. Collingwood insistía en que el historiador es sobre todo un narrador,
y consideraba que la sensibilidad histórica se manifiesta en la capacidad de
elaborar un relato plausible a partir de un cúmulo de «hechos» que, en su forma
no procesada, carecen por completo de sentido. En el esfuerzo por conferir
sentido al registro histórico, que es siempre fragmentario e incompleto, los
historiadores tienen que hacer uso de lo que Collingwood llamó «imaginación
constructiva», la cual le señala al historiador -como le señala al detective
competente cuál «¿cuál habrá sido el caso?»,
dada la evidencia disponible y las propiedades formales que ésta le muestra a
la conciencia capaz de formular las preguntas correctas. Esta imaginación
constructiva funciona de manera semejante a la imaginación a priori de
Kant, gracias a la cual aun cuando no somos capaces de percibir los dos lados
de una mesa simultáneamente, sin embargo, podemos afirmar que tiene dos lados,
aunque sólo veamos uno, porque el concepto mismo de un lado implica al
menos otro lado. Collingwood sugirió que los historiadores llegan a sus
respectivas evidencias dotados con un sentido de las posibles formas que
los distintos tipos de situaciones humanas reconocibles pueden tomar. A
este sentido lo denominó olfato para el «relato» contenido en la evidencia o
para el relato «verdadero» que estaba soterrado o escondido bajo el relato
«aparente». Y concluyó que los historiadores ofrecen explicaciones plausibles
para los cuerpos de evidencia histórica cuando logran descubrir el relato o
complejo de relatos implícitamente contenidos dentro de ellos.
Lo
que Collingwood no advirtió, sin embargo, es que ningún conjunto dado de
acontecimientos históricos casualmente registrados puede por sí mismo
constituir un relato; lo máximo que podría ofrecer al historiador son elementos
del relato. Los acontecimientos son
incorporados en un relato mediante la supresión y subordinación de
algunos de ellos y el énfasis en otros, la caracterización, la repetición de
motivos, la variación del tono y el punto de vista, las estrategias
descriptívas alternativas y similares; en suma, mediante todas las técnicas que
normalmente esperaríamos encontrar en el tramado de una novela o una obra. Por
ejemplo, ningún acontecimiento histórico es intrínsecamente trágico; puede
ser concebido como tal sólo desde un punto de vista particular o dentro del
contexto de un conjunto estructurado de acontecimientos, entre los cuales goza
de un lugar privilegiado. Porque, en la historia lo que es trágico desde una
perspectiva resulta cómico desde otra, al igual que lo que parece trágico en
una sociedad desde el punto de vista de una clase puede ser, como Marx
pretendió mostrar en El dieciocho brumario de Luis Bonaparte, sólo una
farsa desde la perspectiva de otra clase. Considerados como elementos
potenciales de un relato, los acontecimientos históricos tienen un valor
neutral. Que encuentren su lugar finalmente en un relato que es trágico,
cómico, romántico o irónico -para usar las categorías de Frye- depende de la
decisión del historiador de configurarlos de acuerdo con los imperativos de
determinada estructura de trama, o mythos) en lugar de otra. El mismo
conjunto de acontecimientos puede servir como componente de un relato que es
trágico o cómico, según sea el caso, dependiendo de la elección del historiador
respecto a la estructura de trama que considera más apropiada para ordenar los
acontecimientos de ese tipo, de forma que se incluyan dentro de un relato
comprensible.
[AFIRMAR] [NO BUENO, LA
ESENCIA DE LA VERDAD] [PAROUSÍA DE LA TOTALIDAD] [SUJECIÓN DE SUJETOS]
[METAFÍSICA] [el no advertir] [de la apercepción la totalidad del ente]
[ACTUAR SIN ELEMENTOS
CONCRETOS] [ SISTEMA PROCESASAL PENAL ACUSATORIO]
[incompetencia]
Del caso trasladar del
Estado a la totalidad del ente. A la disrupción de la materia social, la
revolución de las instituciones de derecho. Moral, ética, déjala, sin Dios
cuándo.
Ahí así entonces el
manifestarse del espectro.
[17] El individuo es siempre individuo gobernado.
[18] Hölderlin, Rousseau:
Es demasiado breve nuestra jornada: nacer,
Abrir los ojos, admirarse y ya la tarde cae.
Nos adormece y pasan como estrellas
Todas las eras de innumerables pueblos.
Algunos ven más allá de su tiempo;
Un dios les abre lejanas perspectivas. Pero tú
Permaneces nostálgico en la orilla, escándalo
Para los tuyos, como sombra que nunca los querra.
¿Y dónde están esos que nombras y anuncias,
Raza nueva cuyo amistoso abrazo te reanimará?
¿Se la ve llegar? Quizás entonces
Tu prédica solitaria sea por fin escuchada.
¿Ni un eco responde a tus clamores, oh desdichado!
Y como los muertos sin sepultura, yerrás
Desorientado en busca de reposo y nadie
Te indica el camino que debes seguir.
¡Oh claras mañanas y vosotras, horas nocturnas!,
Cuántas veces, al divisar tu carro triunfal…
…y el botín que llevabas
Y los bárbaros cargados con cadenas de oro,
Cuando los sacerdotes de la paz entonaban
Cantos en honor del amante pueblo
Y de su genio y de los himnos extasiados
En los sotos de la primavera…
¡Regocíjate! Porque el árbol ha nacido
Del suelo patrio. Pero sus jóvenes brazos
Llenos de amor, caen y agacha la cabeza,
Tristemente.
La vida exuberante, el infinito que lo rodea,
… que comienzan a despuntar, no los concibe,
Peros sus savias lo animan, manifiestas,
Cálidas, eficaces; y el fruto de forma y brota.
¡Tú has visto!... También tú eres de aquellos
A los que el sol futuro alumbraba la frente,
Y los rayos mensajeros de tiempos más hermosos
Encontraron el camino de tú corazón.
Has esperado y comprendido
De esa nueva estirpe y supiste leer en su alma.
Para tu corazón hinchado de deseo un signo
Ha sido suficiente; y es por signos
Que desde siempre los dioses nos han hablado.
Y, milagro, como si desde el principio
El espíritu humano hubiese visto lo por venir
Y las antiguas maneras de la vida,
Sabes el primer signo lo que habrá de cumplirse
Y entonces remontas vuelo, audaz espíritu,
Como las águilas ante la tormenta que se avecina,
Precedes con tu vuelo a los dioses venideros.
[19] ¿Quiénes son los propios?
[20] El terror y sus horrores.
[21] De la fuerza los instrumentos. Celebrar el triunfo de
lo práctico sobre lo místico.
[22] El en sí hegeliano es la naturalidad del ya. La
presunción preventiva de la verificación de verdad, el pensar y el ahí de la
escritura. ¿Al pensar, pensamos?
De la protesta la
manifestación, de la manifestación el espectro, el espectro y el espíritu y la
negatividad. El comienzo de hechos, Burgoa, El juicio de amparo:
Prólogo del autor a la obra en general:
Sin temor a equivocarnos, podemos afirmar que el juicio de amparo [es
decir, “aún cuando nos equivoquemos”], bajo su estructura constitucional legal
y funcionamiento práctico, es una institución netamente mexicana. Con la
anterior aseveración no pretendemos dar a entender que el juicio de amparo,
como medio de control constitucional en sí mismo considerado, haya tenido su
origen en nuestro país, puesto que bien puede reconocer antecendentes
extranjeros; lo único que intentamos significar es que, estando nuestra
institución tuteladora de tal manera peculiarizada por sus diversas modalidades
jurídicas, éstas le imprimen un carácter típicamente nacional.
Nacionalismo.
De la institución del
Juicio de Amparo lo elidido es lenguaje, naturalizado en realidad política
fáctica. De ella en Estado, inmediatez de lo inmediato lo concreto en
signficatividad. Física, naturaleza, ciencia. Subyacen efectos, obyecta
afectividad.
Obrar entidades. [cfr.
Foucault y la microfísica del poder]
[23] El historiador: De la fuerza el sentido de su
apropiación trascendental. La exacción de principio. La interrogatividad que
sentencia. La institución del dispositivo y la disposición de institución. Poderío
de fe, poderío de verdad y la trascendentación de miras: gobierno es dominio de
horizontes.
[24] ¿Quién? De la temporalidad el Nosotros discurre. La
enunciación apriorística del Yo y la construcción de la proposición afirmativa,
positiva y verificable pone por región de contrato de la confección ontológico
fundamental del sentido del ser del ente el ámbito de adscripción de función
del sentido del ser del ente, de la apercepción a la apercepción toda en
voluntad de poder. La naturalización del sujeto ontológico [Quién] es el suceso del ahí de la lectura.
Funciones del poder por
deontológica de miradas. Persona. Y es que el Yo, por comienzo, emplaza la
naturaleza de sus fines por principio lógico de su poderío de paso.
¿Por qué la voluntad de
poder ha de ser considerada poderío de paso?
¿Qué es el paso?
[25] Las clausulas de viaje en el tiempo que esto
ficcionan y falsibilizan. Lo elidido por lenguaje a la dignidad del sujeto
–emplazamiento plástico de la indivualidad estructura- es Nosotros.
[26] I.N.R.I. la pregunta en determinación por la esencia
de la verdad. La romanidad y la transformación de la entidad del ente. El
Señor, la interrogación, la verdad.
[27] Atingencia es atingencia lógica de comunicabilidad.
La comunicabilidad ya absume al régimen físico de las personas a la norma moral
de sus letras. Nosotros a las letras jugamos fenomenologías de conciencia. La
naturalidad del comprenderse es la disociación de la diferencia, integridad
trascendental de consciencia.
El juego donde el
diablo se engaña a sí mismo es del engaño el paso en naturalidad que ha
naturalizado del paso las regiones de destino y procedencia de asignación de
sentido al fin del sujeto, salto. Un buen abogado sabe que otro es él mismo.
Los estudios generales de la alteridad justifican y naturalizan de los fines de
la disociación del otro la integridad de un plexo.
Ahí entonces está
Newton y el espejo.
¿Qué se lleva de la luz
el reflejo? La imagen. Ahí comienza de la historiograficación la verdad, el
yacer que posa desocultado la ocultación fundamental de las proposiciones.
Nombramos lo claro.
A esa ocultación
fundamental de las proposiciones la hemos denominado Posición lírica. ¿Qué es
la posición lírica del respecto de la verdad? Posesión en oración verdad.
Posesión es posesión de
fe en poderío de verdad, la reefectuación de la atingencia de identidad a
sustituto didáctico de los hechos. La transparencia icónica que oración se
transita.
La transposición de los
hechos a verdad, sólo ahí los humanos nombramos ficciones.
[28] Espíritu, la dialéctica. Y es el Canto quien se
levante en victoria. La letanía de la condena también obtura la paz. Jesús es
la espada para las naciones del orbe, el régimen social. En este país la
palabra no vale nada.
De los honorarios
apercibidos por los abogados en Mexica, los honorarios apercibidos por los
asesinos mexicanos.
Compare usted y vigile,
La costa de la
Justicia. La manifestación y el espectro. De la metáfora la marca, de la marca
la institución de verdad. Todo es “falso”.
Del Mercado la
naturalidad debida.
De la marca en
instituto la verdad. No hay otra cosa, y deje usted que el acusado tenga
derecho de ser conocido por el juez que lo juzgará. Conozca usted al juez que
lo sentencia, sepa usted del lenocinio en quien la contradicción de declaración
de un testigo a él mismo no es responsabilidad de un juez o un abogado de
atender. Probar, demostrar y comprobar una investigación. ¿Investigar?
Ministerios públicos. En México la cuestión científica nunca ha sido
investigación, administración de piedad en verdad, que saber se denomina a las
condiciones de efecto en poder. Se sabe, gobernado, que las cosas que pasan
son. A lo hecho pecho, naturalizar historiográficamente afectos.
¿Paz? Valores. De la
merca la trata, leyes tan solas.
El valor de los actos
jurídicos y la atemperancia de paz en el comercio lícito y tolerado por los
mismos que así lo auspician. Juristas que legitiman la violencia desplazada en
Mercado –paradojas marxianas de la transabducción de Hegel a la naturalidad de
Kant.
[29] Y así la revolución se dispone. La generalidad del
trazo de la historiograficidad mexicana se haya del paso de la oposición
insurgente en Ignacio López Rayón y José María Morelos y Pavón al paso de la
Independencia política de la Nueva España en tránsito de fe por
institucionalidad de poder en la historiográfica de Lucas Alamán. De la
totalidad del ente la ciencia jurídica mexicana. El triunfo histórico –nunca
historiográfico- del liberalismo. La república federal de México posa en
historiogracidad centralismo.
Toda revolución
prolónga, es iusnatural. La sectorización es al punto la trascendentalización
de la unidad fundamental de aperecepción en quien México se co-loca.
Instituciones y caudillos. De la mano, las pequeñas revoluciones, el terrorismo
es quien sostiene la inevitabilidad lógica del pueblo.
[30] El mito.
[31] La hermenéutica historiográfica es espada.
Hemos de atender
entonces que ante el régimen de cualquier prescripción de instrumentación
ontológico categorial –AXIOLÓGICA DE JERARQUÍAS- de las prescripciones lógicas
de un derecho liberal, sus preceptos son ya la voluntad de poderío que en
poderío de verdad emplaza del sentido del ser ente la significación del evento,
a la atención la letra, la formativa ético-táctica de prescripción ideal. El
concepto que emplaza los términos de una deuda, régimen de control
constitucional que remonta su significación categorial al espacio-tiempo de lo
sobreseído. El Derecho es el poderío de
temporalidad, de ahí sus presunciones atemporales.
La letra no es el
sonido que la letra no es la escritura.
La letra es el poder
efectivo.
De la ficción o de la
generalización de las formas de escritura la construcción de las disposiciones
de región que desplazan en poder el fuego. Todo se refiere del uno al
constructo en representación. Nada de esto ha sido hecho sin el apoyo paterno.
De la presunción
atemporal del Derecho el poderío de temporalidad del derecho ya recursa del ahí
la espaciación de espaciamiento a la intervención práctico afectivo de la
percepción de diferencialidad.
–lo ético, recuerda interventor, es la
determinación ontocategorial que en prescripción fundamental remonta cualquier
disociación del plexo efectivo en sus afectividades. Los decursos absolutos de
significatividad de las disposiciones de conferencia tales como [interioridad]
[significatividad] [consciencia] [reflexividad] [subjetividad] se confeccionan
a …
Comienzo.
¿La felicidad?
[Del dispositivo
comienza lo pos-moderno] [el dispositivo es Nietzsche] [ se acostumbra en
instante]
[32] De configuraciones de suyo la física se mantiene. La
atingencia lógica de sus significaciones son la reefectuaciones de evento al
nombrarse la cosa por objeto. La retención temporal de la anunciaciones al ser
del paso de la palabra la referencia efectiva. Realidad de sí que a sí se
confiere.
Majestades.
[33] Amo el canto del cenzontle, amo de la ochocientas mil
voces, más amo mejor el canto de mi hermano el hombre. El RESPECTO AL DERECHO
AJENO ES LA PAZ. Por su nombre los conocerás, ex -clavizadores. Hombres necios
que acusáis sin razón y sin piedad, os acuso. Ahí entonces la economía.
De peso los dólares
economistas, de peso los dólares.
¿De los muertos a qué
va una conjura?
[34] La doble atribución –espacio y tiempo – en quien la
sentencia se asume enunciación de hecho,
Proposición,
Oración,
Exacciones en
significación a la efectividad de la posición lírica del verso; el
condicionamiento de poderío del lenguaje.
El efectivo exaccionar
es del argumento la estructura narrativa y la estructura lógica de sus
divergencias para con la totalidad de signos, algo que del autor aún resta de
comienzo para nosotros.
Nosotros y nuestro
resto de comienzo.
[35] El maquinismo.
[36] La confección es el ser-ahí efectivo de
l la determinante
existencial comprendida –la subducción aducida- .
[37] La persona mexicana. Sus personajes. Historia
jurídica de la nación mexicana y las estructuras de ficción de sus ensayos de
poder al ente.
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